Firmar por Internet
Seguridad y confidencialidad por la Red
¿Se acabaron las colas en las ventanillas de la Administración Pública? Con la firma electrónica, el usuario puede entrar en la oficina virtual de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social, por ejemplo, y hacer los trámites sin necesidad de moverse de su ordenador.
En un mundo donde el factor tiempo condiciona muchas de nuestras actividades, Internet es una gran ayuda. Nos vamos familiarizando con el comercio electrónico, que nos permite comprar todo tipo de productos y servicios después de hacer un rápido y cómodo sondeo del mercado, operar con el banco sin que importe la hora, reservar y comprar un billete de avión, etc.
Pues bien, la Administración también ha abierto sus puertas a Internet. Cada día se va ampliando la lista de servicios que la Administración, tanto estatal como autonómica y local, pone a disposición del ciudadano para que pueda hacer gestiones sin salir de casa: con su "certificado electrónico", el usuario puede, entre otras muchas cosas, presentar la declaración del IRPF, comprar Deuda Pública o descargarse su informe de vida laboral en la Seguridad Social. También el papeleo particular con su abogado, notario, etc., se simplifica notablemente si se pueden utilizar "documentos electrónicos" que lleven su "firma electrónica".
Certificado de usuario personal e intransferible
Si no se tomaran medidas de seguridad, nuestros datos introducidos en el ordenador y lanzados a la Red podrían ponerse al alcance de cualquiera. Pero están salvaguardados gracias a todo un mecanismo basado en mensajes cifrados que sólo pueden ser leídos por los ordenadores de los interesados.
El mecanismo de seguridad se activa cuando el usuario solicita a una entidad prestadora de servicios de certificación que le facilite un certificado electrónico de usuario. La entidad comprueba la identidad del solicitante y envía al usuario el certificado que le va a permitir identificarse en Internet e intercambiar información con otras personas con la garantía de que sólo él y su interlocutor pueden acceder a la información (en el recuadro Cómo obtener un certificado electrónico le explicamos el proceso).
Una vez que el usuario tiene ya el certificado, puede generar la firma electrónica, que es en realidad el conjunto de datos en forma digital que pueden ser utilizados como medio para identificar al firmante. Con la firma electrónica es posible "firmar" documentos electrónicos con la misma validez que la firma manuscrita. Los documentos electrónicos son documentos redactados en soporte electrónico que incorporan datos firmados electrónicamente; pueden ser soporte de un documento público, de un documento expedido y firmado electrónicamente por un funcionario, o de un documento privado. El documento electrónico con firma electrónica acredita la identidad del firmante (que no podrá negar después su firma), permite comprobar que el documento no se ha modificado después de haber sido firmado y garantiza que nadie ha podido leerlo sin ser el destinatario.
Amplias posibilidades de uso
En la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: www.cert.fnmt.es > Dónde usarlo tiene la lista de los sitios web con "oficina virtual", a los que puede acceder con su certificado de usuario. Entre ellos figuran la Seguridad Social, con un catálogo de servicios bastante amplio (por ejemplo, formularios y modelos de cotización), la Dirección General del Catastro (puede obtener un certificado catastral telemático), el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (donde los usuarios de las telecomunicaciones pueden presentar sus reclamaciones), el Defensor del Pueblo (para presentar sus quejas), algunos ayuntamientos como el de Valencia (donde podrá pagar sus tributos y recibir información del padrón, por ejemplo), algunas diputaciones como la de Barcelona (para presentar un recurso, por ejemplo), el Colegio de Abogados de Madrid (donde los abogados podrán obtener el Certificado de Abogado Ejerciente que les permitirá realizar gestiones ante entidades y organismos que reconozcan el certificado), empresas como SegurosBroker (para contratar pólizas on line), etc.
Claves telefónicas: otro mecanismo de seguridad
Si usted opera con su banco por teléfono o Internet, utilizará unas claves personales y quizás se esté preguntando si esas claves constituyen un certificado electrónico. Pues no. Las entidades bancarias emplean un sistema de claves secretas para identificar al usuario. El cliente acepta en el contrato que cuando responde correctamente a las indicaciones del teleoperador o introduce sus claves operativas, el banco considera que es el usuario titular quien realiza las operaciones. De forma complementaria, el banco sigue un protocolo de seguridad de las comunicaciones (probablemente SSL o similar) para que, cuando el usuario indique sus claves, nadie pueda cogerlas de Internet. Pero esto es distinto a la garantía de la identificación del remitente en las firmas y certificados electrónicos.
Aunque las claves bancarias sólo sirven para operar con la entidad que las proporciona, algunas entidades tienen acuerdos con organismos de la Administración para operar a través de su web: por ejemplo, es posible pagar impuestos sólo con sus claves bancarias, sin necesidad del certificado electrónico.
Año 2008: DNI electrónico para todos
En marzo de 2006 se empezaron a expedir los primeros DNI electrónicos en Burgos y se espera que para el año 2008 el formato digital se habrá generalizado a todo el Estado. El DNI electrónico permite la identificación física de los españoles mayores de edad lo mismo que el DNI clásico; además, en las operaciones on line acredita la identidad personal de su titular y admite la firma electrónica de documentos con la misma validez que si fuese manuscrita.
Este nuevo DNI contiene dos certificados electrónicos: con uno se acredita la identidad del titular frente a otras empresas, personas, organismos, etc.; con el otro se habilita la firma electrónica de documentos. Los órganos encargados de la expedición del DNI electrónico hacen de entidad prestadora de servicios de certificación. El DNI electrónico permite acceder a ciertos servicios telemáticos y firmar documentos, pero si pretende firmar en aplicaciones de correo electrónico, necesitará seguir usando certificados como los de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Para operar con el DNI electrónico se necesita un ordenador con sistema operativo y conectado a Internet con un navegador, que disponga de lector de tarjetas. Funciona de forma sencilla con un "pin", que es un número secreto como el que se utiliza con las tarjetas de débito en los cajeros automáticos. El titular del DNI tiene que teclear el pin cada vez que vaya a efectuar una operación on line. Si se equivoca tres veces seguidas en la introducción del pin, ocurre lo mismo que en los cajeros automáticos, donde la tarjeta queda bloqueada: en este caso, para desbloquear el pin del DNI, el titular tiene que acudir a un Punto de Actualización del DNI y hacer uso de su huella digital.
La vigencia del DNI electrónico es la misma que la del DNI normal; no obstante, los certificados de firma electrónica tienen que actualizarse cada 30 meses y puede hacerse en cualquier Punto de Actualización.
Como el sistema está implantándose de forma escalonada, es posible que cuando usted necesite renovar su DNI en su zona no esté todavía disponible el formato electrónico. Puede informarse en el teléfono 900 364 463.
Nuestros consejos
- Pida el certificado electrónico y aprovéchese de las posibilidades que ofrece la Red para hacer muchas gestiones con la Administración de forma cómoda, segura y sin perder más tiempo que el necesario para rellenar un formulario.
- Haga una copia del certificado electrónico por si surge algún problema con el ordenador donde está instalado.
- Mantenga la confidencialidad de todas sus claves bancarias secretas, pues operar con ellas equivale a hacerlo en persona.
- No elija como claves bancarias ni como pin de su DNI electrónico cifras relacionadas con otros datos de posible acceso para otras personas, como pueden ser su número del carné de identidad o la fecha de nacimiento.
Cómo obtener un certificado electrónico
- En primer lugar, debe dirigirse vía Internet a un prestador de servicios de certificación. Aunque hay varios (por ejemplo, el Consejo General de la Abogacía, la Dirección General de la Policía o la Agencia Notarial de Certificación), es en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT; teléfono 902 181 696) donde el proceso nos parece uno de los más sencillos y está mejor explicado. Debe conectarse a la web (www.cert.fnmt.es), introducir su NIF y enviar su "solicitud de certificado"; a continuación recibirá un código de solicitud para presentar en una oficina de registro.
El navegador generará una pareja de claves, una pública y otra privada. La clave pública y su NIF se transmitirán a la FNMT, mientras que la privada se queda en el ordenador del usuario. Estas claves están diseñadas de manera que lo que se cifra con una de ellas sólo se puede descifrar con la otra, por lo que se asegura la confidencialidad.
- Deberá ir en persona a una oficina de registro (en la web le indicarán la más cercana a su domicilio) portando su carné de identidad para acreditar su identidad y el código de solicitud.
- Ya puede descargarse en su ordenador el certificado de usuario, que quedará incorporado a su navegador. Puede instalarlo en más de un ordenador.
Información de interés
Listados de servicios diponibles:
• http://www.dnielectronico.es
• http://www.cert.fnmt.es
• http://www.administracion.es

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